viernes, 27 de mayo de 2016




               PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN ARTES ESCÉNICAS.

INTRODUCCIÓN:

Por artes escénicas se entiende toda forma de expresión capaz de manifestarse en la escena, ya sea teatro, danza, música, y cualquier otra actuación del mundo del espectáculo (farándula, show).
también las actividades profesionales y vinculadas a la "asistencia a la función" (ensayos, montaje, puesta en escena y desmontaje) y las actividades relacionadas con la realización de giras o (traslado de personal, equipos y materiales de una localización a otra).
LOS RIESGOS COMUNES SON:

tensión y sobresfuerzos físicos y mentales; espacio escénico peligroso; concurrencia de varios técnicos en el mismo espacio; actividad con exigencia de movimientos rápidos; periodos de trabajo prolongados y muy extensos; alteraciones del ritmo de sueño; información inicial e insuficiente sobre el espacio donde se va a desarrollar la actividad; condiciones deficientes de orden y limpieza; equipos, vestuarios, elementos de la tramoya etc.

como no ejerce las normas de seguridad.
los trabajadores del espectáculo contribuyen de manera activa al desarrollo de una identidad cultural, haciendo posible a través de su labor material y concreta, la creación, realización y difusión de la actividad artística del país.

CONTRATO DE TRABAJO EN ARTES ESCÉNICAS:

La definición de trabajadores de artes escénicas se encuentra contenida en el artículo 145-A del Código del Trabajo y señala que, entre otros, son trabajadores de artes y espectáculos: 
• Actores de teatro, radio, cine, Internet y televisión. 
• Folcloristas.
 • Artistas circenses.
• Animadores de marionetas y títeres
 • Coreó grafos e intérpretes de danza, cantantes, directores y ejecutantes musicales.
 • Escenógrafos, profesionales, técnicos y asistentes cinematográficos, audiovisuales, de artes escénicas de diseño y montaje. 
• Autores, dramaturgos, libretistas, guionistas, doblajistas y compositores.
 • En general, personas que teniendo esas calidades, trabajen en circo, radio, teatro, televisión, cine, salas de grabaciones o doblaje, estudios cinematográficos, centros nocturnos o de variedades o en cualquier otro donde se presente, proyecte, transmita, fotografíe o digitalice la imagen del artista o músico, o donde se transmita o quede grabada la voz o la música, mediante procedimientos electrónicos, virtuales o de otra naturaleza, y cualquiera sea el fin a obtener, sea este cultural, comercial, publicitario o de otra especie.

tramoyista.
escenógrafo. 
técnico en iluminación y audio.ir leyenda.


tecnicos en general.
actores.


















JORNADAS DE TRABAJO:

 Jornada diaria: la jornada diaria de trabajo no puede exceder las diez horas. 
Por lo tanto, todo aquello trabajado por sobre dicha limitación, deberá ser considerado como jornada extraordinaria de trabajo, debiendo someterse a las reglas de esa materia, en cuanto a su procedencia, limitaciones y sobre todo, forma de pago. 
Las horas extraordinarias solo proceden previo acuerdo de las partes, es decir, el trabajador no puede ser obligado a trabajar más allá de su jornada diaria. Una vez que existe el acuerdo, el trabajador no podrá prestar servicios por más de dos horas, que es el límite diario para la jornada extraordinaria.
 En cuanto al pago, las horas extraordinarias deben pagarse con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada diaria. 
Descanso dominical: los trabajadores de artes pueden, por ley, trabajar domingos. Sin embargo, en proyectos continuos o temporadas, no pueden trabajar más de dos domingos por mes además les corresponde un día de descanso compensatorio por cada domingo y festivo trabajado, estableciéndose además que dicho descanso tendrá una duración de 33 horas continuas. Ahora, si se acumula más de un día de descanso a la semana, las partes podrán acordar una forma especial de distribución de dicho día o de remuneración del descanso, en cuyo caso deberá calcularse de la misma manera que las horas extraordinarias

trabajo en teatro.

trabajo en teatro con técnicos.





DEFINICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL:

SEGURIDAD: confianza de una persona prudente que se desprende de la idea de que no hay ningún peligro que temer. Se considera global mente la seguridad del trabajador y el cuidado de su salud como bienes a proteger. Al trabajador le asiste legalmente el derecho a la seguridad en el entorno laboral, la que debe estar garantizada por el empleador, mientras que corresponde al Estado arbitrar medidas de control para que el derecho sea efectivo.

ACCIDENTE: todo evento o acontecimiento no deseado e insuficiente mente controlado con potencial de daños y pérdidas para las personas, la propiedad o los procesos. Un accidente de trabajo es cualquier daño o lesión que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que efectúa por cuenta ajena, incluyendo, por concepto legal, los que se relacionan con el trabajo, aunque la actividad no sea productiva, es decir:
 • En el trayecto de ida o regreso hacia o desde el trabajo.
 • Los ocurridos bajo la instrucción del mandante aunque sean distintos de sus labores o competencia profesional. 
• Aquellos que sean consecuencia del ejercicio de actividades sindicales. Los trabajadores independientes pueden tener derecho a un seguro de accidentes, siempre que coticen por su cuenta. Hasta el momento esa cotización es voluntaria, pero a partir del 2015 deberán obligatoria mente contar con este seguro.
Para más información revisar la Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. 

INCIDENTE: es un acontecimiento no deseado, que interrumpe o interfiere el proceso normal de trabajo y que puede generar daño físico a las personas o la propiedad. 
PELIGRO: es la característica propia de una situación, material o equipo, capaz de producir daño para las personas, medio ambiente, flora, fauna o patrimonio. Por ejemplo, si una persona se encuentra trabajando en un sistema de iluminación, existe el peligro de electrocutación, pero el riesgo de sufrir un daño de esta naturaleza, disminuye considerablemente si están los conocimientos, experiencia y el equipo apropiado para realizarlo. 
RIESGO: es la proximidad o probabilidad de un daño. Está asociado directamente a la idea de peligro que podría provocar un accidente al trabajador cualquiera sea su origen y gravedad.

ENTORNO DE TRABAJO: cualquier característica física o ambiental del lugar de trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud de los técnicos de las artes escénicas. 

PREVENCIÓN: conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas para evitar accidentes o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

Iluminación adecuada: 
la calidad de la visibilidad impacta directamente en la seguridad, comodidad y productividad del trabajo que realizamos. La iluminación del escenario debe ser nivelada y regulada en función del equilibrio visual, corrigiendo intensidad, contraste y deslumbramientos, desde el inicio de la faena hasta el término de ella. En el caso de las artes escénicas, muchas veces la iluminación debe adaptarse a los procesos creativos y a las actividades paralelas que se llevan a cabo arriba de un escenario, como el enfoque de iluminación, pruebas de vídeo, ensayos, etcétera; sin embargo la seguridad es siempre primero, si no se cuenta con las condiciones mínimas de visibilidad o seguridad, el trabajador tiene derecho a interrumpir la faena.

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL:

Zapatos de seguridad: su punta metálica entrega protección de pies y tobillos contra golpes y caídas de objetos. Reduce riesgos de malformaciones y dolencias por pasar largos periodos en actividad.

Zapatos dieléctricos: en lo referente al calzado de seguridad, hay que identificar claramente si el riesgo del que queremos proteger al trabajador se solventa evitando el paso de corriente (intensidad) a través el cuerpo humano mediante el aislamiento del suelo para que no se cierre el circuito, o al contrario, conduciendo la corriente por el cuerpo humano y descargándola a tierra. En el primer caso, el tipo de zapatos debe ser aislante, para esto debe presentar gran resistencia eléctrica y evitar así que la corriente circule a través del cuerpo humano. En el segundo caso, los calzados no destinados a trabajos con electricidad pero que sí deben disipar corrientes estáticas, deben presentar baja resistencia eléctrica para favorecer que la corriente circule a través del cuerpo humano y se descargue a tierra, es decir, deben ser conductores o anti estáticos.

Casco: los cascos de seguridad proveen protección contra golpes de objetos que podrían caer sobre la cabeza. Protegen también contra choques eléctricos y quemaduras. Es necesario inspeccionarlo continuamente para detectar hendiduras, golpes o rajaduras que pueden reducir la protección.

Arnés de seguridad: sistema de sujeción destinado a detener las caídas de personas. Hay diferentes tipos, entre ellos:
 • El arnés de cuerpo completo, es parte de un sistema o equipo de protección para detener la caída libre de una persona y su uso es obligatorio para todo el personal que trabaje en altura a 1,80 metros o más. Éste está compuesto de correas cintas tejidas –generalmente en naylon o poliéster– que se aseguran alrededor del cuerpo de una persona, de tal manera que en caso de sufrir una caída libre, las fuerzas que se generan  al frenar una caída, se distribuyan a través de las piernas, caderas, el pecho y los hombros, dirigiendo las presiones hacia arriba y hacia afuera reduciendo la posibilidad de que el usuario sufra lesiones. 
• El arnés de pecho con correas para las piernas, sirve para propósitos generales y en caso de caída distribuyen las fuerzas de cargas a través del pecho y las caderas del usuario. Se usa cuando es necesario tener libertad de movimiento y donde el riesgo de caídas es limitado.




Guantes: protegen extremidades superiores de cortes, quemaduras por roce, contactos eléctricos o productos químicos. En general se deben seleccionar los guantes de acuerdo a los riesgos a los cuales se está expuesto. Estos deben ser de la talla del trabajador y estar en buenas condiciones. Para el manejo de elementos químicos se deben usar guantes de neopreno, látex, vinil o polivinil cloruro; en caso de trabajar con materiales cortantes, se recomienda utilizar guantes con tejido metálico; para evitar lesiones por calor se deben usar guantes aluminizados y en caso de trabajar con electricidad se debieran utilizar guantes de hule.

Gafas de seguridad: protegen cara y ojos de proyecciones de material (madera, fierro, productos químicos, herramientas motorizadas, entre otros). En general, y al igual que la mayoría de los EPP, las gafas se deben seleccionar dependiendo del trabajo que se efectúe. Aquellos técnicos que estén desarrollando actividades con sustancias químicas corrosivas deben usar gafas protectoras de material blando que se ajusten a la cara. En caso que el peligro sea el desprendimiento de partículas, se deben usar lentes con lunas resistentes a impactos. 

Gafas solares: uso en exteriores, protegen los ojos contra rayos UV por exposición solar prolongada. 

Tapones y orejeras: protección de tejidos auditivos por exposición al ruido cuando éste exceda los 85 decibeles.


Respiradores y mascarillas: sirven para evitar el ingreso de agentes contaminantes al aparato respiratorio del trabajador.


Trabajos con escaleras: Son frecuentes las caídas de altura provocadas por escaleras en mal estado, ubicadas en desnivel o en superficies resbaladizas. 

Entre las causas más comunes de los accidentes con escaleras se encuentran: 
• Tensor inexistente o averiado.
 • Desequilibrio o vértigo. 
• Deslizamientos por el uso de zapatos inadecuados.
 • Manipulación de cargas en ascenso. 
• Contacto eléctrico directo o indirecto. 
• Ascenso y descenso inadecuado (manos ocupadas o mal apoyadas).

Entre los riesgos asociados se encuentran: 
• Golpes por caídas de objetos y transporte: los que se pueden producir por caídas de herramientas u objetos de los bolsillos de quien se encuentra sobre la escalera; caídas de cables, cuerdas o luminarias por manipulación incorrecta; falta de atención o transporte horizontal de escaleras.
 • Golpes y caídas por deslizamiento o desniveles: los que se producen por la inestabilidad del terreno o por contacto eléctrico.
 • Atrapamientos: los que se pueden producir por desencaje de herrajes y tensores, caídas de cuerpos de extensión o corte, amarre inadecuado de la cuerda de maniobra en escaleras extensibles, entre otros. 


diferentes tipos de escaleras.

precauciones para utilizar escaleras.

medias de seguridad al,utilizar escaleras.

Trabajos con andamios o estructuras provisorias: Muchas veces se llega a trabajar en un escenario de estructura provisoria, asumiendo que fue construido por personal certificado o, al menos, calificado. Sin embargo, en este tipo de trabajo, no se puede confiar ciegamente, hay que verificar rigurosamente, antes y durante el ascenso, que el armado haya sido el correcto, poniendo especial atención a la resistencia y estabilidad; a la superficie donde fue montado; si existen elementos oxidados, deformados o desalineados y si cumple con todos los requisitos estructurales (diagonales, seguros, barandas, entre otros). Una pequeña pieza ausente en un andamio puede generar una caída o un derrumbe con consecuencias fatales.

Entre los riesgos asociados se encuentran: 
• Caídas de altura: las que se pueden producir por no utilizar adecuadamente el equipo de seguridad, desconocer los procedimientos de ascenso y descenso, trabajar en plataformas inestables, la ausencia de barandas, contacto eléctrico o desequilibrio. 
• Golpes por caídas de material: los que se pueden producir por la ausencia de elementos de protección personal, material mal almacenado en plataformas o accesos; tránsito de personal ajeno al montaje y herramientas de trabajo sin anclaje de seguridad. 
• Desplomes: los que se pueden producir por la existencia de superficies desniveladas, soportes estructurales en mal estado o ausentes, sobrecarga de plataformas y ausencia de anclajes a muro.






Trabajos energizados:La electricidad es una forma de energía caracterizada por la interacción de cargas eléctricas, la cual busca un camino para circular. El riesgo eléctrico o de electrocución, es la posibilidad de sufrir un daño como consecuencia del paso de la corriente. Hay que recordar que la electricidad no se ve, por lo que no es posible saber con anterioridad si un conductor está o no en tensión, de ahí que sea 


clave extremar las precauciones y conocer las instalaciones eléctricas que hay en el lugar de trabajo. Para que ocurra un accidente eléctrico tienen que darse ciertas condiciones, entre las causas más frecuentes se encuentran:
 • Circuito eléctrico de elementos conductores: donde el primero es un conductor vivo (una fase o la masa – parte metálica– de un instrumento) y el otro puede ser el suelo, que tiene la suficiente conductividad para provocar una descarga.
 • El circuito debe cerrarse a través del cuerpo, la corriente entra por un punto y sale por otro hacia tierra u otro conductor. Por ejemplo, la electricidad entra por una mano y sale por un pie.
 • Debe existir una diferencia de potencial (o tensión) entre ambos puntos. Un cable a una tensión de 220V y el suelo a 0V. La electricidad siempre encuentra un camino de salida hacia un punto de menor tensión.

Entre los riesgos asociados se encuentran:
 • Contacto directo e indirecto: el primero tiene relación con elementos en tensión como conductores vivos o no aislados; el indirecto, por su parte, tiene relación con el contacto con las partes metálicas en tensión. 
• Quemaduras: las que pueden ser externas o internas.
 • Caídas o golpes: por consecuencia de un choque eléctrico. 
• Incendios o explosiones que pueden provocar pérdida de vidas, la destrucción de material o patrimonio.





Manipulación de cargas: La manipulación de carga entendiendo por esto todo objeto susceptible a desplazamiento, traslado, elevación, tracción y empuje  es parte de las labores de la mayoría de los oficios técnicos ligados a las artes escénicas. Idealmente, los trabajadores u operarios debieran tener la capacidad física correspondiente a las tareas que desarrollarán, no presentar patologías asociadas y la respectiva instrucción para realizar estos esfuerzos adecuadamente.

La incorrecta manipulación de cargas es una de las principales causas de enfermedades laborales, dado que, si bien puede generar lesiones inmediatas, las más graves son aquellas que se producen a través del tiempo, acumulando pequeños traumatismos no tratados. Legalmente, el empleador debe evitar, en lo posible, la manipulación de carga individual, diseñar procedimientos de trabajo y proveer de mecanismos para reducir el sobre esfuerzo; además, debe capacitar al personal que realice estas labores para reducir al máximo los riesgos asociados. Si no se está bajo la dependencia de un empleador se debe intentar –a modo personal– implementar sistemas sencillos que facilitarán esta tarea.

Riesgos asociados a la manipulación de carga: 
• Contusiones por caídas. 
• Fatigas por sobre esfuerzo. 
• Lesiones lumbares. 
• Lesiones en extremidades (tendinitis, esguinces)
. • Lesiones músculo- esqueléticas. 
• Fracturas lumbares.

RIESGOS EN ILUMINACIÓN:

  • TRABAJO EN ALTURAS DONDE SE PUEDAN RESVISAR.
  • DESCARGA ELÉCTRICA.
  • MUERTE.
  • RESBALARSE DE LAS ESCALERAS.
  • LOS GUANTES ESTÉN ROTOS.
  • MAL ACOMODO DE CABLES Y HAGAN CORTO.
  • LAS VARAS NO ESTÉN BIEN PUESTAS Y SE CAIGA UNA LUMINARIA.





RIESGOS EN SONIDO:

  • UN ESCALÓN DE LA ESCALERA ESTE ROTO.
  • SE RESBALE DE LA ESCALERA.
  • CAÍDAS DE ALTURA.
  • FRACTURA.
  • QUE LA BOCINA NO ESTE BIEN ACOMODADA.


                     



RIESGOS EN BODEGA:

  • QUE SE RESBALEN DE LAS ESCALERAS.
  • GOLPES.
  • FRACTURAS.
  • TRABAJOS EN ALTURAS QUE PUEDA OCASIONAR FRACTURAS.
  • UN ESCALÓN DE LA ESCALERA ESTE ROTO.
  • PUEDE CORTARSE CON LAS TIJERAS, CUTER ETC.



RIESGOS EN TAQUILLA:

  • QUE  LA   CONTABILIDAD NO SALGA BIEN.
  • QUE LOS ASALTEN.
  • QUE RECIBAN BILLETES FALSOS.

RIESGOS EN  AFORO:


  • ESCALERA ROTA.
  • CAÍDAS
     DE ALTURAS.
  • GOLPES.
  • LESIONES.

CONSTRUCCIÓN DE ESCENOGRAFÍA:


  • CAÍDAS DE ALTURA.
  • CORTADAS CON CUTER, TIJERAS ETC.
  • ESCALÓN DE LA ESCALERA SE ENCUENTRE ROTO.
  • SE CAIGAN LAS LUMINARIAS.

También cabe mencionar que hay en nuestro país una ley  de normas establecidas por la Secretaria del trabajo y prevension social, una de estas normas es la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-009-STPS-2011, CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA, que especifican los requisitos que se deben cumplir para realizar trabajos en alturas y esta norma define a un trabajo en altura, "las actividades de mantenimiento, instalación, demolición, operación, reparacion, limpieza entre otros, que se realizan a alturas mayores de 1,80m sobre el nivel de referencia".

5. Obligaciones del patrón
 5.1 Contar con un análisis de las condiciones prevalecientes en las áreas en las que se llevarán a cabo los trabajos en altura, en forma previa a su realización, a fin de identificar los factores de riesgo existentes.
 5.2 Disponer de los instructivos, manuales o procedimientos para la instalación, operación y mantenimiento de los sistemas o equipos utilizados en los trabajos en altura, redactados en idioma español. Dichos instructivos, manuales o procedimientos, deberán estar elaborados con base en las instrucciones del fabricante.
 5.3 Proporcionar autorización por escrito a los trabajadores que realicen trabajos en altura, mediante andamios tipo torre o estructura, andamios suspendidos y plataformas de elevación, conforme se determina en el numeral 7.2 de esta Norma, la cual será otorgada una vez que se compruebe que se han aplicado las medidas de seguridad requeridas. 
5.4 Cumplir con las medidas generales de seguridad y condiciones de seguridad establecidas en los capítulos del 7 al 13 de la presente Norma, para la ejecución de trabajos en altura con el uso de sistemas personales para trabajos en altura, andamios tipo torre o estructura, andamios suspendidos, plataformas de elevación, escaleras de mano y redes de seguridad. 

7. Medidas generales de seguridad para realizar trabajos en altura Para la realización de trabajos en altura, se deberá cumplir con lo establecido a continuación: 
7.1 Colocar en bordes de azoteas, terrazas, miradores, galerías o estructuras fijas elevadas, al igual que en aberturas como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales: barreras fijas o protecciones laterales o perimetrales, o redes de seguridad para protección colectiva contra caídas de altura, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 13 de esta Norma, entre otros elementos de prevención, o bien proveer a los trabajadores de sistemas personales para trabajos en altura, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 8 de la presente Norma. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 6 de mayo de 2011 
7.2 Efectuar trabajos en altura sólo con personal capacitado y autorizado por el patrón. Las autorizaciones deberán contener al menos lo siguiente:
 a) El nombre del trabajador autorizado
 b) El tipo de trabajo por desarrollar y el área o lugar donde se llevará a cabo la actividad;
 c) Las medidas de seguridad que se deberán aplicar conforme al trabajo en altura por realizar y los factores de riesgo identificados en el análisis de las condiciones prevalecientes del área donde se desarrollará éste;
 d) La fecha y hora de inicio de las actividades, y el tiempo estimado de duración, y
 e) El nombre y firma del patrón o de la persona que designe para otorgar la autorización.
 7.3 Revisar el sistema o equipo antes de ser utilizado, conforme a las instrucciones del fabricante, respecto a posibles desgastes, daños, deterioros, mal funcionamiento u otras anomalías. Los componentes defectuosos deberán ser removidos del servicio e identificados para evitar su uso, si su resistencia o funcionamiento se ven afectados. Cualquier componente que deba reemplazarse, deberá sustituirse únicamente por otro original o que esté autorizado por el fabricante en el manual de mantenimiento que éste provea con el sistema.
ESTO ES UN POQUITO DE LO QUE LA LEY MEXICANA ESTABLECE PARA TRABAJADORES QUE TRABAJAN EN ALTURAS.



9. Andamios tipo torre o estructura 
9.1 En la instalación de los andamios tipo torre o estructura, se deberá cumplir con lo siguiente: Viernes 6 de mayo de 2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
a) Instalar y ensamblar el andamio mediante el procedimiento que para tales fines se haya elaborado, de conformidad con las instrucciones del fabricante, y únicamente por personal capacitado y autorizado por el patrón para este fin;
b) Probar que el andamio y sus componentes resistan al menos cuatro veces la máxima carga a que serán sometidos, considerando el peso del personal, materiales y herramientas a utilizar;
c) Instalar el andamio sobre:
1) Sus bases, para conferir una mayor estabilidad, o sobre ruedas que cuenten con un mecanismo de bloqueo, mismo que será liberado únicamente cuando el andamio deba moverse para su reubicación; 2) Planos firmes, estables y de suficiente resistencia, de manera que se evite cualquier posible falla, ruptura, hundimiento o desplazamiento accidental, y
3) Superficies niveladas, y cuando éstas no lo estén, emplear los medios de aplomado, estabilización y nivelación indicados por el fabricante;
d) Disponer en el andamio de una escalera u otro medio similar de acceso seguro, mismos que deberán:
1) Estar ubicados dentro del cuerpo del andamio o formar parte del mismo sin afectar su estabilidad;
 2) Tener un ancho mínimo de 40 cm;
3) Estar extendidos 90 cm sobre el piso de la plataforma de trabajo y asegurados contra cualquier flexión o movimientos laterales, cuando sean móviles;
 4) Ser continuos y no utilizar dispositivos improvisados para aumentar su altura, y
e) Estar provistos con barandales de al menos 90 cm de altura y baranda intermedia en los lados abiertos y en los extremos, cuando estén a 1.8 m o más sobre el piso o desde el nivel inferior;
f) Contar con rodapié con una altura mínima de 15 cm al ras de la plataforma;
 g) Emplear plataformas soporte, que cumplan con lo siguiente:
1) Presenten condiciones de seguridad y operación, sin grietas, fisuras, nudos, u otros defectos o daños que comprometan la seguridad en su uso;
2) Dispongan de tablones o unidades completos, con un ancho mínimo de 45 cm, que abarquen todo el espacio del andamio. Cuando existan espacios entre los tablones o unidades, no deberán ser mayores a 2.5 cm;
3) Tengan tablones con un espesor de al menos 5 cm, en su caso, reforzados mediante un marco metálico y travesaños de forma que se incremente su resistencia y confiabilidad, y (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 6 de mayo de 2011
 4) Cuenten con medios que las inmovilicen, para evitar que puedan desplazarse o moverse accidentalmente de cualquier forma. Si el elemento de inmovilización consiste sólo en topes para evitar que el tablón se recorra, éste deberá sobresalir del andamio al menos 10 cm;
 h) Constatar que se carezca de abolladuras, grietas, deformaciones u oxidaciones en sus tubos y otros elementos metálicos;
 i) Contar con roscas de tuercas y tornillos, abrazaderas y pasadores de seguridad en condiciones de seguridad y operación, y no usar clavos, varillas o alambre como sustitutos;
 j) Revisar el andamio antes de cada uso y después de algún incidente, para comprobar las condiciones de seguridad y operación de cada uno de sus componentes, y reemplazar o reparar aquéllos que presenten algún tipo de daño o deterioro, por personal capacitado;
k) Prohibir que los trabajadores permanezcan sobre los andamios móviles cuando están siendo reubicados, y contar con precauciones especiales para mantener el andamio estabilizado cuando éste se mueva;
l) Evitar la realización de actividades por encima del andamio que expongan a los trabajadores a posibles caídas de objetos, o colocar protecciones contra este riesgo y utilizar casco de protección; m) Evitar que los andamios sean ensamblados, utilizados o movidos de tal forma que éstos, o cualquier material conductivo en ellos, pueda tener contacto con líneas eléctricas energizadas. Cuando se requiera trabajar en la proximidad de tales líneas, se deberá observar lo establecido en el numeral 7.9 de la presente Norma;
n) Constatar que la relación del lado menor de la base del andamio respecto a la altura máxima no sea mayor de 1:4;
o) Sujetar el andamio a cada 4 m de altura, en los casos en que no sea posible cumplir con la relación base-altura establecida en el inciso anterior;
p) Evitar la utilización de escaleras tipo caballete como soporte para colocar tablones que se empleen como andamios;
q) Evitar cualquier alteración en los andamios que pueda afectar la seguridad en su uso. Toda modificación en el diseño, instalación, operación o mantenimiento deberá ser avalada por escrito por el fabricante y autorizada por el patrón;
r) Mantener la superficie de la plataforma soporte del andamio libre de productos químicos agresivos, y de sustancias como soluciones jabonosas, aceite, grasas, pintura, barro u otras que puedan hacerla resbaladiza o generar cualquier otro tipo de riesgo a los trabajadores;
s) Mantener una altura libre mínima de 2.5 m en vías peatonales. En los pasos vehiculares, la altura libre deberá ser de al menos 4.5 m y el andamio se deberá mantener alejado del paso vehicular al menos 80 cm;
 Mantener una distancia mínima de 60 cm desde el área de tránsito al andamio, y de 90 cm en lugares en donde haya depósito de materiales;
u) Ubicar el andamio de tal manera que no interfiera con alarmas de incendios, cajas de instalaciones eléctricas o hidrantes, entre otros, en caso de que no sea posible realizar las adecuaciones necesarias al andamio para que dichos elementos continúen cumpliendo con su función,

12. Escaleras de mano 
12.1 Las escaleras de mano deberán ser revisadas antes de cada uso. Aquéllas que tengan defectos que puedan afectar su uso seguro, deberán ser retiradas del servicio inmediatamente y marcarse con la leyenda “Peligrosa. No utilizar.” u otra similar, para después proceder a su reparación, desecho o destrucción. Las reparaciones mayores deberán ser realizadas por personal capacitado.
12.2 Las escaleras de mano deberán: Viernes 6 de mayo de 2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) a) Ser almacenadas en lugares donde no estén expuestas a elementos de intemperie que puedan dañarlas, como sol y lluvia;
b) Permanecer libres de grasa o aceite en sus peldaños;
c) Estar pintadas con un material transparente que no pueda ocultar los defectos o daños presentes, cuando sean fabricadas de madera; 

Donde: psa punto superior de apoyo pe pie de la escalera x distancia horizontal e) Estar extendidas por lo menos 90 cm sobre el punto de apoyo en el borde de la superficie a la que se accede, cuando son utilizadas para subir a una azotea u otra superficie elevada similar, y f) Estar equipadas con bases antiderrapantes. Las secciones media y superior no deberán usarse como sección inferior, a menos que estén igualmente equipadas con bases antiderrapantes. El uso de estas bases no sustituye a las medidas de seguridad que se deberán tomar al colocar, atar o sujetar una escalera. 12.3 Se deberá prohibir que las escaleras de mano: a) Sean almacenadas cerca de radiadores, estufas, tuberías de vapor, o en otros lugares donde se sometan a calor o humedad excesivos, cuando son fabricadas de madera; b) Se sometan a una carga que exceda la máxima establecida por el fabricante; c) Sean colocadas sobre cajas, tambos u otras bases inestables para alcanzar alturas mayores, ni en superficies inclinadas, a menos que estén equipadas con algún sistema específicamente diseñado para este tipo de superficies; d) Se usen simultáneamente por más de una persona, a menos que estén específicamente diseñadas para ese uso; e) Sean utilizadas como plataformas, tarimas o para cualquier otro propósito para el que no fueron diseñadas, y f) Se improvisen con elementos que permitan alcanzar una altura adicional a la de ellas. 12.4 Al realizar trabajos en altura, empleando una escalera de mano, se deberá cumplir con las condiciones de seguridad siguientes:
a) Revisar visualmente, en forma previa a su utilización, el área donde será empleada la escalera, a efecto de asegurarse que no existan condiciones de riesgo; (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 6 de mayo de 2011
b) Cerrar con llave, bloquear o vigilar permanentemente las puertas, cuando se coloque frente a ellas una escalera de mano;
c) Ascender o descender de frente a la escalera de mano;
d) Permanecer el operario de frente a ella mientras se realiza el trabajo, sin que el centro del trabajador sobrepase los rieles laterales de ésta. Se deberá evitar sobre-extenderse para alcanzar algún punto, zona u objeto, de forma que se ponga en riesgo la estabilidad;
e) Prohibir al usuario pararse por arriba del antepenúltimo peldaño, mientras se trabaje en una escalera de mano;
f) Utilizar calzado con suela antiderrapante para la realización de trabajos sobre las escaleras de mano;
g) Sostener en todo momento la escalera de mano, desde su parte inferior con ambas manos, por parte de una segunda persona, durante el ascenso o descenso de más de 5 m de altura;
h) Sujetar tanto la parte inferior como superior, cuando se trabaje sobre una escalera de mano. La superficie donde descanse el extremo superior de la escalera deberá ser rígida y tener suficiente resistencia para la carga aplicada, y
i) Prohibir el uso de escaleras metálicas en lugares donde puedan entrar en contacto con líneas 




MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA CONSTRUCCION DE  ESCENOGRAFÍA.

1.-  revisar herramientas de trabajo antes de ser utilizadas.

2.- contar con equipo suficiente para realizar la actividad.

3.- al momento de utilizar escalera ponerla en la inclinación correcta para evitar accidentes.

4.-utilizar guantes, cubre bocas, casco, y uniforme adecuado.

5.-dar instrucciones claras y precisas respectivo a las tareas que se deben desempeñar e indicar las herramientas adecuadas para cada trabajo.

6.- proporcionar el tiempo necesario para realizar la tarea de forma satisfactoria evitando prisas y plasos ajustados.

7.-hay que utilizar cinturón o arnés de seguridad en todo trabajo en altura.

8.- uso obligatorio de faja al momento de cargar cosas.

9.- no cargar cosas mas del peso indicado.





MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA TRAMOYA.

1.-Usar zapatos con casquillo.

2.-Usar casco y lentes.

3.-Revisar que las varas estén en buen estado.

4.-Debe de aportar el técnico guantes especiales para realizar la actividad.

5.-Contar con equipo especifico para realizar la actividad.

6.-Acomodar los contrapesos bien.

7.-Realizar las actividades en tiempo y forma.

8.-Ordenar herramientas en cajas y colocarles un numero.

9.-Manipular la carga con la espalda recta y hacer esfuerzo con las piernas.

10.-No manipular cargas con mas del peso indicado.

11.-Revisar escaleras antes de ser utilizadas.

12.-Revisar que las poleas estén en buen estado.

13.-El área de trabajo debe de estar libre y protegidos por una barandilla.

14.-Darle una capacitación al técnico antes de trabajar en tramoya.

15.-Manejar los elementos de tramoya con mucha precaucion.








MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA ILUMINACIÓN.

1.-Usar zapatos con casquillo.

2.-Usar guantes, casco y lentes.

3.-Usar uniforme adecuado.

4.- Revisar la iluminación con precacucion.

5.-Revisar el material antes de ser utilizado.

6.-Revisar los circuitos eléctricos.

7.-Revisar toda la iluminación por alguien especializado.

8.-Revisar el material antes de ser utilizado.

9.-Acomodar el material en cajas y enumerarlas.

10.-Despejar el area de trabajo.

11.-Señalar los conductores adecuadamente y dejarlos alrededor.

12.-Construir las instalaciones eléctricas evitando los contactos con fuentes de tensión.

13.-Colocar los fusibles en un tablero.

14.-Realizar reparaciones cortando el pasaje de la electricidad.

15.-Contar con equipos específicos para realizar la actividad.

16.-Utilizar voltimetro.














mi compañera Fernanda  Gonzales, Samantha Rosas Terrazas, 
en este blook mencionamos algunas medidas de seguridad que se deben de llevar acabo al momento de trabajar en el escenario, ademas de que hay una normatividad para poder saber que tengo que hacer antes de realizar el trabajo o antes de trabajar con la herramienta.
con esto concluimos yo y mi compañera Fernanda: esto fue lo que vimos en SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL EN EL ESCENARIO, ya que a lo largo de la carrera lo vamos a aplicar, ya teniendo en cuenta la normatividad y algunos conceptos mas.







POR ESO ES IMPORTANTE SEGUIR LAS NORMAS DE SEGURIDAD. 





TIPOS DE ARNES.

 TIPOS DE ZAPATOS DE SEGURIDAD. 

TIPOS DE CASCOS.





Por ultimo mencionamos que es importante que el teatro cuente con señalizaciones adecuadas y que el publico, actores, técnicos identifiquen rápido en dado caso que haya un accidente y deben de estar en lugares visibles.



SEÑALIZACIONES ADECUADAS QUE DEBE DE CONTAR EL TEATRO.

 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO MEDIDAS PREVENTIVAS EN EL "TEATRO"

  Esté siempre alerta. La mejor manera de evitar los incendios, es la prevención. y Procure no almacenar productos inflamables como gel,cera .muos  etc ya que al calentarse su pelo con alguna luminaria podría sufrir las consecuencias. 
 Cuide que los cables de lámparas (luminarias) teatrales, aparatos eléctricos  tengan el mantenimiento adecuado (audio,consolas) y motores de maquinarias se encuentren en perfectas condiciones. Modere y vigile el uso de parrillas eléctricas, ya que el sistema puede sobre calentarse. y No haga demasiadas conexiones en contactos múltiples, para evitar la sobre carga de los circuitos eléctricos. Redistribuya los aparatos o instale circuitos adicionales. y Por ningún motivo moje sus instalaciones eléctricas. con descuidos te botellas de agua cubetas refrescos ,jugos etc.,  Recuerde que el agua es buen conductor de la electricidad. y Todo contacto o interruptor debe tener siempre su tapa debidamente aislada , quedara estrictamente próvido fumar en el teatro ya que es muy peligroso por los materiales que puede contener las escenografías . y Mantenga fuera del alcance de los espectadores  velas, veladoras, cerillos, encendedores y toda clase de material inflamable. .guardar en bodegas  los líquidos inflamables en recipientes cerrados y sitios ventilados. y Revise periódicamente que los tanques, tuberías, mangueras y accesorios del gas estén en buenas condiciones; en el teatro  coloque agua con jabón en las uniones para verificar que no existan fugas. En caso de encontrar alguna, repórtela a el encargado del teatro imediata mente el sabra que pasos segir 
terminando la funcion  desconecte la energía eléctrica. y No sustituya los fusibles por alambre o monedas, ni use cordones eléctricos dañados o parchados. y Tenga a la mano los teléfonos de los Bomberos, Cruz Roja y Brigadas de Rescate. y Recuerde: las tragedias ocurren cuando falla la prevención. ¡COMO ACTUAR DURANTE EL INCENDIO¡ y Conserve la calma: no grite, no corra, no empuje. Puede provocar un pánico generalizado. A veces este tipo de situaciones causan más muertes que el mismo incendio.
y Busque el extintor más cercano y trate de combatir el fuego. y Si no sabe manejar el extintor, busque a alguien que pueda hacerlo por usted. y Si el fuego es de origen eléctrico no intente a pagarlo con agua.  Cierre puertas y ventanas para evitar que el fuego se extienda, a menos que éstas sean sus únicas vías de escape.   Si la puerta es la única salida, verifique que la chapa no esté caliente antes de abrirla; sí lo está, lo más probable es que haya fuego al otro lado de ella, No la Abra. y En caso de que el fuego obstruya las salidas de emergencia  no se desespere y colóquese en el sitio más seguro. del teatro Espere a ser rescatado.  Si hay humo colóquese lo más cerca posible del piso y desplácese "a gatas". Tápese la nariz y la boca con un trapo, de ser posible húmedo.  Si se incendia su ropa, no corra: tírese al piso y ruede lentamente. De ser posible cúbrase con una manta para apagar el fuego.  No pierda el tiempo buscando objetos personales.  Nunca utilice los elevadores durante el incendio.  En el momento de la evacuación siga las instrucciones del personal especializado. ÿ Ayude a salir a los niños, ancianos y minusválidos. ¡Tenga presente que el pánico es su peor enemigo¡. QUE HACER DESPUÉS DE UN INCENDIO ÿ Retírese del área incendiada porque el fuego puede reavivarse. ÿ No interfiera con las actividades de los bomberos y rescatistas en el teatro es probable que esto suceda.





BIBLIOGRAFIA:

  • CUADERNO.
  • MANUAL VERDE PREVENCIÓN DE RIESGOS.
  • NORMA OFICIAL MEXICANA PARA TRABAJOS EN ALTURA.






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